CONSIDERANDO
Que la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE HIGIENE Y TOCADOR a través del Expediente N° 433.071/96, solicita la modificación del ANEXO IX "C" de la citada Resolución, con el objeto de adecuar la forma de estampillado de fragancias a los requisitos y modalidades comerciales así como la no identificación de muestras que reúnan determinadas características.
Que la SECRETARIA DE CONTROL ha tomado intervención a fs. 8, emitiendo opinión favorable a la petición formulada.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23, inciso 1) de la Ley 22415 y lo prescripto en el artículo 3 del Decreto N° 1156/96.
Por ello,