CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 2.570, sus modificatorias y complementarias, se aprobó el “Sistema Registral” y se dispuso la creación de los “Registros Especiales Aduaneros”, integrados por los operadores de comercio exterior, a efectos de incrementar la eficiencia, la seguridad y la transparencia en la relación fisco- contribuyente.
Que la Resolución General N° 3.253 y su modificatoria, instituyó los lineamientos operativos bajo los cuales se lleva a cabo el sistema “Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros” (“Sistema CUSE”), entendiéndose como “Prestador CUSE” a aquellos prestadores de Servicios Postales/Courriers registrados en este Organismo que reúnan los requisitos establecidos.
Que la Resolución Conjunta N° 4.049-E del Ministerio de Producción y de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, crea el Régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE”, el cual tiene por objeto facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal.
Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar los requisitos que deberán cumplir los “Prestadores CUSE” y determinar la competencia de las áreas intervinientes en la validación de los mismos.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,