CONSIDERANDO
Que por la Resolución General N° 3.109 y su modificatoria, se establecieron los requisitos y procedimientos aplicables a la importación de bienes pertenecientes a los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina y a los argentinos que retornan al país, luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior, en el marco de la Ley N° 25.871 y sus modificatorias y del Decreto N° 616 del 6 de mayo de 2010.
Que la Resolución General N° 3.628 incorporó al registro del Sistema Informático MALVINA (SIM) a través del Módulo de Declaración Detallada, la importación de los referidos bienes mediante la utilización de “Códigos AFIP”.
Que, como consecuencia de la implementación de dichos códigos, se modificó el procedimiento de registro de las operaciones en trato.
Que, conforme a lo señalado por las áreas competentes y en armonía con las previsiones contenidas en el régimen general de equipaje, corresponde determinar en la normativa de aplicación, los bienes alcanzados por la comprobación de destino.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.