DGI

Resolución General N° 4095/1995

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Ley según texto sustituido por la Ley N° 23.349 y sus modificaciones. Resolución General N° 3125 y sus modificaciones. Artículos 3° - Segundo punto - Y 15. Nóminas complementarias de empresas comprendidas.

Fecha de emisión: 19/12/1995

B.O.: 22/12/1995

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO lo establecido por los artículos 3° - segundo punto - y 15 de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que corresponde publicar la denominación y la clave única de identificación tributaria de las empresas que están comprendidas en el régimen de retención del impuesto al valor agregado, reglado por la citada norma.

Que, correlativamente, las aludidas empresas están obligadas a actuar en carácter de agentes de percepción del referido gravamen, conforme al régimen establecido por la Resolución General N° 3.337 y sus modificaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1° - De acuerdo con lo previsto por los artículos 3° - segundo punto - y 15 de la Resolución General N°3.125 y sus modificaciones, se consideran asimismo comprendidas en el régimen de retención del impuesto al valor agregado instrumentado por dicha norma, a las empresas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de esta resolución general.

Por otra parte, atento lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución General N° 3.337 y sus modificaciones, las aludidas empresas se encuentran obligadas a actuar en carácter de agentes de percepción del referido tributo.

 


ARTICULO 2° - Lo establecido en el artículo precedente, será de aplicación a partir del undécimo día, inclusive,contado desde la fecha de la publicación oficial de la presente.

 


ARTICULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 


Anexo

DENOMINACION

C.U.I.T.

CHAUVCO RESOURCES TIERRA DEL FUEGO SOCIEDAD ANONIMA 

30-65441183-9

LA ESTRELLA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS DE RETIRO

30-62092087-4

OSCAR MARCOVECCHIO SOCIEDAD ANONIMA PUBLICITARIA Y COMERCIAL        

30-52006292-7

 

                             

 

                                      

 

      




FIRMANTES

Hugo Gaggero

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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