CONSIDERANDO
Que corresponde publicar la denominación y la clave única de identificación tributaria de las empresas que resultan
comprendidas en el régimen de retención del impuesto al valor agregado, reglado por la citada norma.
Que, correlativamente, las aludidas empresas se encuentran obligadas a actuar en carácter de agentes de percepción del
referido gravamen, conforme al régimen establecido por la Resolución General N° 3.337 y sus modificaciones.
Que ha tomado la Intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Por ello,