AFIP

Resolución General N° 4025/2017

ASUNTO

Procedimiento. Fabricantes y proveedores de bolsas plásticas para el almacenamiento de granos (SILO BOLSA). Régimen de información. Régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. R.G. N° 3.745. Su derogación.

Fecha de emisión: 04/04/2017

B.O.: 05/04/2017

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 3.745, y

CONSIDERANDO

Que la citada norma estableció un régimen de información de operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de granos (Silo Bolsa) a cargo de los sujetos que fabriquen dichos productos y los vendan a nombre propio, como así también respecto de quienes vendan a nombre propio —incluso por cuenta de terceros— tales bienes en carácter de revendedores o intermediarios.

Que la Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias, dispuso el régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen precios.

Que a través de la Resolución General N° 3.749, sus modificatorias y complementarias, se generalizó la utilización de comprobantes electrónicos a la totalidad de los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.

Que en virtud de lo señalado y en función del objetivo de esta Administración Federal de simplificar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, procede dejar sin efecto la Resolución General N° 3.745.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución General N° 3.745.


ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del primer día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para las operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de granos efectuadas desde el día 1 de marzo de 2017.


ARTÍCULO 3°.- Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Alberto R. Abad

AFIP
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