CONSIDERANDO
Que la mencionada ley estableció un régimen especial fiscal y aduanero para la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que el Artículo 38 del Decreto N° 9.208/72 creó la “Comisión para el Área Aduanera Especial Ley 19.640”, con sede en la ciudad de Ushuaia.
Que la Resolución N° 4.712/80 (ANA) y sus modificaciones, recopiló y actualizó las normas aduaneras referidas a la Ley N° 19.640 y en su Anexo XIII reglamentó la representación aduanera ante la Comisión mencionada.
Que, teniendo en cuenta la experiencia recogida y en virtud del análisis realizado, corresponde adecuar la forma de designación e intervención de los representantes del Organismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,