DGI

Resolución General N° 3965/1995

ASUNTO

Procedimiento. Decreto Nº 314/95. Sistema Único de la Seguridad Social. Empleadores, trabajadores autónomos y agentes de retención. Régimen de facilidades de pago. Resolución General Nº 3963. Su modificación.

Fecha de emisión: 22/03/1995

B.O.: 23/03/1995

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General Nº 3963, y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario precisar determinados aspectos a los fines de posibilitar a los contribuyentes la correcta aplicación del régimen de facilidades de pago establecido por el Decreto N° 314 de fecha 3 de marzo de 1995 y reglamentado por la mencionada resolución general.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Coordinación Operativa y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y por el articulo 25 del Decreto Nº 314/95.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Articulo 1º - Modifícase la Resolución General Nº 3963, en la forma que a continuación se dispone:

1. Sustitúyese en el primer párrafo del artículo 33 la expresión "Bonos de Cancelación de Deuda Previsional o de Cancelación" por la expresión "Bonos de Consolidación de Deuda Previsional o de Consolidación".

2. Sustitúyese en el inciso b) del articulo 34 la expresión "4. 5 y 6" por "4, 5. 6 y 7".

3. Sustitúyese en el punto 1.2. del artículo 36 la expresión "4. 5 y 6" por "4, 5, 6 y 7".

4. Sustitúyese en el punto 2. del artículo 36 la expresión "marzo" por la expresión "mayo".


Modifica a:


Art. 2º - Registrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
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