DGI

Resolución General N° 3950/1995

ASUNTO

Impuesto a las Ganancias. Resolución General N° 3802 y sus modificaciones. Régimen de retención sobre rentas del trabajo personal en relación de dependencia. Período fiscal 1994. Liquidación anual. Plazo.

Fecha de emisión: 22/02/1995

B.O.: 24/02/1995

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 3802 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que mediante el inciso a) del artículo 12 de la norma citada en el Visto, se estableció el plazo para que los agentes de retención practiquen la liquidación anual del gravamen correspondiente al personal que revista bajo su dependencia.

Que por la Resolución General N° 3944 se sustituyó el formulario de declaración jurada a ser empleado para cumplimentar la obligación mencionada en el párrafo precedente.

Que a efectos de posibilitar que los aludidos responsables practiquen las pertinentes liquidaciones utilizando para ello los nuevos formularios que la referida norma dispuso, se estima razonable — con carácter de excepción— extender el plazo establecido para ello, en lo que respecta al período fiscal 1994.

Que ha tomado la intervención que le compete la dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese, con carácter de excepción, el día 15 de marzo de 1995, como fecha de vencimiento del plazo dispuesto por el inciso a) del artículo 12 de la Resolución General N° 3802 y sus modificaciones, para practicar las liquidaciones anuales a que dicha norma se refiere, correspondientes al período fiscal 1994.


Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Pedro Carlos Cavallieri

ARCA
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