CONSIDERANDO
Que en virtud de la citada norma se ha previsto el nuevo régimen de retención del impuesto a las ganancias, con relación a las rentas comprendidas en los incisos a), b), c) y d) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1986 y sus modificaciones.
Que, de conformidad a las modificaciones conceptuales y de procedimiento liquidatorio introducidas en el mencionado régimen, relacionadas con la viabilidad de computar como pago a cuenta del gravamen las sumas aportadas a sistemas nacionales de jubilaciones y pensiones, procede la adecuación del formulario de declaración jurada que deben confeccionar los agentes de retención para efectuar las liquidaciones anuales y/o finales del impuesto a las ganancias.
Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar el nuevo formulario de liquidación que deberán presentar los sujetos obligados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5 y 7 de la Ley N° 11683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,