Artículo 1° — Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 2.927 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyese el apartado B del Apéndice V por el siguiente:
“B - HOTELERÍA
Tipología: Establecimientos hoteleros de una (1) a cinco (5) estrellas, en todo el país, en todas las temporadas.
IMT: Cantidad de trabajadores mensuales por habitación, según categoría del establecimiento y estacionalidad:
a) Categoría cinco (5) estrellas
1. Temporada baja: CERO COMA SESENTA Y OCHO (0,68).
2. Temporada media: CERO COMA OCHENTA (0,80).
3. Temporada alta: CERO COMA NOVENTA Y DOS (0,92).
b) Categoría cuatro (4) estrellas
1. Temporada baja: CERO COMA CUARENTA Y TRES (0,43).
2. Temporada media: CERO COMA CINCUENTA (0,50).
3. Temporada alta: CERO COMA CINCUENTA Y OCHO (0,58).
c) Categoría tres (3) estrellas
1. Temporada baja: CERO COMA VEINTISÉIS (0,26).
2. Temporada media: CERO COMA TREINTA Y UNO (0,31).
3. Temporada alta: CERO COMA TREINTA Y SEIS (0,36).
d) Categoría dos (2) estrellas
1. Temporada baja: CERO COMA VEINTICUATRO (0,24).
2. Temporada media: CERO COMA VEINTIOCHO (0,28).
3. Temporada alta: CERO COMA TREINTA Y DOS (0,32).
e) Categoría una (1) estrella
1. Temporada baja: CERO COMA VEINTE (0,20).
2. Temporada media: CERO COMA VEINTICUATRO (0,24).
3. Temporada alta: CERO COMA VEINTIOCHO (0,28).
Detalle de temporadas, según regiones y localidades:
a) Región Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
1. Temporada alta: Julio.
2. Temporada media: Enero a junio y agosto a diciembre.
b) Región Buenos Aires: Provincia de Buenos Aires (se excluye a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
1. Temporada alta: Partido de la costa, de Pinamar, de Villa Geell, de Mar Chiquita, de General Pueyrredón, de Alvarado, de Lobería y de Necochea: Enero y febrero.
2. Temporada media:
2.1. Partido de la Costa, de Pinamar, de Villa Gesell, de Mar Chiquita, de General Pueyrredón, de Alvarado, de Lobería y de Necochea: Marzo, noviembre y
diciembre.
2.2. Tandil: Todo el año.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
c) Región Centro: Provincia de Córdoba.
1. Temporada alta: La Falda, Miramar, Mina Clavero, Villa Carlos Paz, Villa General Belgrano: Enero y febrero.
2. Temporada media:
2.1. Mina Clavero: Marzo a abril y octubre a diciembre.
2.2. Río Cuarto: Todo el año.
2.3. Villa Carlos Paz: Marzo a abril, julio y diciembre.
2.4. Villa General Belgrano: Marzo a abril y octubre.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
d) Región Cuyo: Provincias de La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis.
1. Temporada alta: Merlo: Enero y febrero.
2. Temporada media:
2.1. La Rioja: Julio.
2.2. Malargüe: Julio y agosto.
2.3. San Rafael: Enero, febrero y julio.
2.4. Merlo: Marzo a diciembre.
2.5. Resto de la Provincia de San Luis: Enero a abril y julio a diciembre.
2.6. Resto de la Provincia de Mendoza y Provincia de San Juan: Todo el año.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
e) Región Norte: Provincias de Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, Salta y Jujuy.
1. Temporada alta: No posee.
2. Temporada media:
2.1. Cafayate: Enero y febrero.
2.2. Catamarca, resto de la Provincia de Salta: Todo el año.
2.3. Termas: Julio y agosto.
2.4 Resto de la Provincia de Santiago del Estero: Febrero a diciembre.
2.5. Tucumán: Julio a octubre.
2.6. Jujuy: Julio.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
f) Región Litoral: Provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Santa Fe, Chaco y Formosa.
1. Temporada alta: Gualeguaychú e Iguazú: Enero y febrero.
2. Temporada media:
2.1. Corrientes: Enero, febrero y abril.
2.2. Formosa, Paraná, Rafaela, Resistencia, Rosario: Todo el año.
2.3. Gualeguaychú: Marzo.
2.4. Iguazú: marzo a diciembre.
2.5. Posadas: Enero a abril y junio a diciembre.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
g) Región Patagonia: Provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
1. Temporada alta:
1.1. Bariloche: Enero, febrero, julio y agosto.
1.2. El Calafate: Enero y febrero.
1.3. Caleta Olivia, Las Grutas: Enero.
1.4. San Martín de los Andes: Enero, febrero, julio y agosto.
1.5. Ushuaia: Enero.
2. Temporada media:
2.1. Bariloche: Marzo a junio y septiembre a diciembre.
2.2. El Calafate: Marzo, abril y junio a diciembre.
2.3. Caleta Olivia: Febrero a diciembre.
2.4. Las Grutas: Febrero y marzo.
2.5. Resto de la Provincia de Neuquén: Todo el año.
2.6. Puerto Madryn: Enero, febrero y septiembre a noviembre.
2.7. Río Gallegos: Enero a mayo y agosto a diciembre.
2.8. Santa Rosa: Enero a abril y julio a diciembre.
2.9. San Martín de los Andes: septiembre a diciembre.
2.10. Ushuaia: Febrero a abril y julio a diciembre.
2.11. Viedma: Enero a marzo y junio a diciembre.
2.12. Villa la Angostura: Enero y febrero.
3. Temporada baja: Localidades y meses no incluidos en los puntos anteriores.
Aclaración:
Para los establecimientos que no cuenten con clasificación o habilitación formal como hotel, se aplicará el indicador correspondiente a la categoría cinco (5) estrellas, temporada media.
Remuneración a computar: Según Convenios Colectivos de Trabajo N° 479/06 para la Provincia de Tucumán y N° 389/04 para el resto del territorio de la República Argentina, remuneración promedio general de la categoría cuatro según zonas de aplicación detalladas para el sector hoteles, vigentes para cada período por el que se practique el ajuste.”.
Modifica a: