CONSIDERANDO
Que mediante las normas mencionadas se estableció un sistema de Información, control de Inscripción y de pago de aportes para trabajadores autónomos.
Que el mismo prevé la presentación -por parte de los agentes de Información designados- del formularlo de declaración jurada N° 579 o la entrega de soportes magnéticos cuando la información respectiva supera cierto número de casos.
Que razones operativas y de procesamiento de datos hacen imprescindible que la entrega de loa referidos soportes sea obligatoria en los supuestos previstos en la norma.
Que en tal sentido se hace necesario efectuar la adecuación normativa pertinente.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programan y Normas de Recaudación y de Coordinación Operativa.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 70 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y BUS modificaciones y el artículo 60 del Decreto N° 507/93.
Por ello,