CONSIDERANDO
Que mediante la resolución general del Visto se estableció el procedimiento que deben observar los agentes designados, a los fines de informar e ingresar las retenciones y/o percepciones que practiquen, conforme a las disposiciones previstas para determinados impuestos y regímenes.
Que razones de administración tributaria, a los fines de contar con información detallada que permita intensificar el control, hacen necesario efectuar adecuaciones al programa aplicativo denominado “SICORE SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES” utilizado para cumplir con las mencionadas obligaciones, incorporando al mismo nuevos códigos de impuesto y régimen a los efectos de identificar el origen de la información.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Fiscalización y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,