CONSIDERANDO
Que mediante la citada Resolución General se implementó el "Certificado Fiscal para Contratar", mediante el cual se habilita para actuar como proveedores del Estado Nacional a aquellos sujetos que hubieran cumplido sus obligaciones impositivas y/o previsionales.
Que, por razones de índole operativa, es necesario modificar el plazo para la emisión del referido certificado o, en su caso, del informe de inhabilitación para contratar.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación y de Secretaría General.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,