CONSIDERANDO
Que corresponde publicar la nómina complementaria de empresas que resultan excluidas del régimen de retención del impuesto al valor agregado instituido por la citada norma.
Que, por otra parte, conforme a la Resolución General N° 3.665, las empresas incluidas en la citada nómina quedarán comprendidas en lo establecido por el segundo punto del artículo 3° de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,