Texto vigente según Resolución General Nº 3674/1993 DGI
Art. 3° - A los fines dispuestos en el artículo 1°, deberá informarse respecto de aquellos pagos cuyo importe resulte superior a un mil quinientos pesos ($ 1.500.-), los siguientes datos:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio y clave única de identificación tributaria (C. U. I. T.) del beneficiario del pago. En el caso de no poseer el beneficiario la mencionada clave de identificación, corresponderá informar el tipo y número de documento de identidad.
En lo que se refiere al domicilio corresponderá indicar calle, número, localidad, código de Encotel y código asignado a Capital Federal o a cada Provincia, según corresponda.
Cuando el beneficiario sea residente en el exterior, también deberá indicarse el domicilio denunciado.
2. Tipo y número de documento de identidad. excepto cuando este dato se informe de acuerdo con lo previsto "en el punto 1.. 'in fine'.
3. Monto del pago.
4. Tipo y numeración del comprobante respaldatorio del pago.
5. Cantidad de pagos acumulados por beneficiario en el supuesto del artículo 4°.
A los efectos dispuestos en el párrafo anterior, cuando deban informarse pagos en moneda extranjera, los sujetos a que se refiere el artículo 1°, deberán convertir el importe de cada pago del período mensual respectivo al tipo de cambio comprador, conforme la cotización del Banco de la Nación Argentina al cierre del día en que se concrete el pago en efectivo o, de tratarse de pago mediante cheque, al del día en que éste se emita.
Texto original según Resolución General Nº 3664/1993 DGI
Art. 3° - A los fines dispuestos en el artículo 1°, deberá informarse respecto de aquellos pagos cuyo importe resulte superior a un mil quinientos pesos ($ 1.500.-), los siguientes datos:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio y clave única de identificación tributaria (C. U. I. T.) del beneficiario del pago. En el caso de no poseer el beneficiario la mencionada clave de identificación, corresponderá informar el tipo y número de documento de identidad.
En lo que se refiere al domicilio corresponderá indicar calle, número, localidad, código de Encotel y código asignado a Capital Federal o a cada Provincia, según corresponda.
Cuando el beneficiario sea residente en el exterior, también deberá indicarse el domicilio denunciado.
2. Número de inscripción del beneficiario para el cumpli-miento de sus obligaciones previsionales.
3. Monto del pago.
4. Tipo y numeración del comprobante respaldatorio del pago.
5. Cantidad de pagos acumulados por beneficiario en el supuesto del artículo 4°.
A los efectos dispuestos en el párrafo anterior, cuando deban informarse pagos en moneda extranjera, los sujetos a que se refiere el artículo 1°, deberán convertir el importe de cada pago del período mensual respectivo al tipo de cambio comprador, conforme la cotización del Banco de la Nación Argentina al cierre del día en que se concrete el pago en efectivo o, de tratarse de pago mediante cheque, al del día en que éste se emita.