DGI

Resolución General N° 3586/1992

ASUNTO

IMPUESTOS VARIOS. Agen­tes de retención y/o percepción. Régimen de información. Resolución General N° 3.399 y sus modificaciones. Su modi­ficación.

Fecha de emisión: 25/09/1992

B.O.: 29/09/1992

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 3.399 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se han establecido los requisitos, plazos y demás condiciones que deben observar quienes tienen obligación de informar respecto de los diversos regímenes de retención y/o percepción dispuestos por este Organismo.

Que atento lo expuesto y con la finalidad de actualizar los datos comprendidos en el Anexo I de la resolución general del Visto, corresponde incluir en el aludido anexo, los regímenes creados por las Resoluciones Generales Nros. 3.543 y 3.554.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 52 y 72 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1.- Modificase el Anexo I de la Resolución General Nº 3.399 y sus modificaciones en la forma que se establece a continuación:

I. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Incorporase la siguiente Sujetos pasibles de expresión:

 

CONCEPTO

RESOLUCION GENERAL N°

CODIGO

Importación de bienes con carácter definitivo. Decreto N° 1.076/92

 

3.543

531”

 

2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Incorpóranse las siguientes expresiones:

 

CONCEPTO

RESOLUCION GENERAL N°

CODIGO

-Régimen de pago a cuenta

-Ingreso Unico establecido por el art. 3

3.554

558

-Ingreso Directo (art.19)

3.554

566

- Régimen de Percepción

 

 

-Matanza y/o faenamiento de hacienda de terceros (art.5°, pto.1)

3.554

574

-Venta de carne proveniente de la faena de hacienda bovina propia (art. 5°, pto. 2)

3.554

582

Venta de carne bovina a responsables inscriptos (art.7°)

3.554

590

-Sujetos pasibles de percepción del art.  5°, pto. 2 - Venta de  carne (art. 7°)

3.554

604

-Régimen de Retención 

 

 

 

-Compra de animales no destinados directamente a faena (art, 9°, pto. 2)

3.554

620"

 


Modifica a:


ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 




FIRMANTES

Juan Carlos Piñeiro

AFIP
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