CONSIDERANDO
Que, mediante la primera de las resoluciones mencionadas en el visto, fue establecido un régimen de información y verificación de ingreso de aportes y contribuciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
Que dicho régimen fue adecuado normativamente por la última de las citadas disposiciones, en orden a asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de aquél.
Que, consecuentemente, corresponde efectuar las correcciones pertinentes en los programas aplicativos empleados, y la estandarización de las presentaciones de las empresas licenciatarias de telefonía celular, mediante la aprobación de los diseños de registro y demás especificaciones técnicas referentes a la información a suministrar.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización y de Informática de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,