DGI

Resolución General N° 3462/1992

ASUNTO

Impuesto sobre los Débitos en Cuenta Corriente y Otras Operatorias. Resolución General N° 3.235 y sus modificaciones. Acreditación transitoria de exención del gravamen o reducción de alícuota. Nuevo plazo.

Fecha de emisión: 31/01/1992

B.O.: 05/02/1992

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO lo dispuesto por el articulo 1º de la Resolución General N° 3.235 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que ante presentaciones efectuadas por entidades representativas de la actividad bancaria y atendiendo a razones de orden administrativo resulta conveniente-con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y responsables el adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales- ampliar el plazo durante el cual se considerarán válidos los instrumentos que acrediten transitoriamente la reducción de la alícuota o, en su caso, la exención del gravamen establecido por el Titulo II de la Ley Nº 23.760 y sus modificaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 7º de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y el articulo 28 de la Ley N° 23.760 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Articulo 1º— Modifícase la Resolución General Nº 3.235 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:

-Sustitúyese en el articulo 1º la expresión "31 de diciembre de 1991" por "31 de diciembre de 1992".


Modifica a:


Art. 2°- Regístrese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
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