CONSIDERANDO
Que por Decreto N° 2.128/91 se ha creado un nuevo signo monetario denominado "peso", sustituyendo al austral instituido por el Decreto N° 1.096/85, disponiéndose que los billetes y monedas que emitirá el Banco Central de la República Argentina tendrán curso legal con la nueva denominación, a partir del día 1° de enero de 1992.
Que, en consecuencia, se hace necesario establecer los requisitos que deberán observarse en las presentaciones que efectúen los contribuyentes y responsables de los tributos a cargo de esta Dirección General.
Que ha tornado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,