ANEXO (Artículo 1°)
(Artículo 1°)
SISTEMA “SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL - Versión 2.0”
CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO
Este programa aplicativo deberá ser utilizado por las personas físicas o jurídicas que realicen las operaciones alcanzadas por los gravámenes establecidos en el Artículo 94 de la Ley Nº 26.522, a efectos de liquidar e ingresar el impuesto correspondiente y generar la respectiva declaración jurada para el período fiscal del mes de enero de 2013 y siguientes.
Los datos identificatorios de cada contribuyente, deben encontrarse cargados en el “S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 Release 5”.
La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable.
1. Descripción general del sistema
La función principal del sistema es generar el respectivo formulario de declaración jurada, independiente para cada uno de los conceptos alcanzados por el gravamen que forma parte del programa aplicativo.
2. Requerimientos de “hardware” y “software”
2.1. PC con sistema operativo Windows 98 o superior.
2.2. Memoria RAM, la recomendada por el sistema operativo.
2.3. Disco rígido con un mínimo de 100 MB disponible.
2.4. Instalación previa del “S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones Versión 3.1 Release 5”.
3. Metodología para la generación de la declaración jurada.
Para la determinación del impuesto el sistema requerirá información referida a las licencias, los servicios prestados, montos y conceptos facturados.
4. Novedades de esta versión
El programa aplicativo “SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL - Versión 2.0” actualiza las características, funciones y aspectos técnicos de la versión anterior, aprobada por la norma conjunta Resolución Nº 1/11 (AFSCA) y Resolución General Nº 3.018 (AFIP).
Las novedades introducidas en esta nueva versión son:
4.1. Cambio de la validación de la pantalla “Composición Societaria” de manera tal que la misma sólo se habilite en el caso en que la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del declarante empiece con el número 30, 33 ó 34.
4.2. Modificación de las validaciones para que el aplicativo determine un “Saldo a Pagar” determinando dos impuestos, a saber: Código de impuesto 315 agrupando los incisos b), c), f) y g) y el Código de impuesto 314 agrupando los incisos a), d) y e), en ambos casos del Artículo 96 de la Ley Nº 26.522.
4.3. Se modifica la denominación del campo “Apellido y Nombre o Razón Social del Servicio de Radiodifusión” por “Señal distintiva o Denominación del servicio.”.
4.4. Se dividió el campo “Domicilio del Servicio de Radiodifusión” en otros TRES (3) campos: “Domicilio de planta transmisora o cabezal del sistema”, “Provincia” y “Localidad”.
4.5. El Campo “Nº de la licencia” se separó en otros DOS (2) campos: “Tipo del servicio de radiodifusión” y “Tipo del servicio de comunicación”.
NOTA: Se deberán considerar las instrucciones que el sistema brinda en la “Ayuda” del programa aplicativo, a la que se accede con la tecla de función F1.