AFIP

Resolución General N° 3430/2012

ASUNTO

Impuestos varios. Resolución General Nº 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 2013.

Fecha de emisión: 28/12/2012

B.O.: 31/12/2012

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-100-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución General Nº 58 y sus modificaciones, se fijaron las fechas de vencimiento general respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Que en tal sentido, se estima conveniente precisar las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 2013.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Servicios al Contribuyente y de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, y las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécense para el año calendario 2013 las fechas de vencimiento general que, para cada una de las normas que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente:

1. Resolución General Nº 393 (DGI), Artículos 1° y 2°.

2. Resolución General Nº 3.638 (DGI), Artículo 5°.

3. Resolución General Nº 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, Artículo 15.

4. Resolución General Nº 4.059 (DGI), sus modificatorias y complementarias, Artículos 13 y 16.

5. Resolución General Nº 4.131 (DGI) y sus modificaciones, Artículo 11.

6. Resolución General Nº 327, sus modificatorias y complementarias, Artículo 23.

7. Resolución General Nº 715 y sus complementarias, Artículo 7°.

8. Resolución General Nº 975, sus modificatorias y complementarias, Artículo 7°.

9. Resolución General Nº 1.166, su modificatoria y sus complementarias, Artículo 8°.

10. Resolución General Nº 1.307 y sus modificaciones, Artículo 3°.

11. Resolución General Nº 1.727, sus modificatorias y complementarias, Artículo 14.

12. Resolución General Nº 1.745 y su modificación, Artículo 10.

13. Resolución General Nº 1.772, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 8°.

14. Resolución General Nº 2.011, sus modificatorias y complementarias, Artículos 6° y 15.

15. Resolución General Nº 2.045 y sus complementarias, Artículos 2° y 7°.

16. Resolución General Nº 2.055, sus modificatorias y complementarias. Artículo 9°, incisos a) y b).

17. Resolución General Nº 2.111, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 11.

18. Resolución General Nº 2.151, su modificatoria y complementarias. Artículos 6°, 23 y 33.

19. Resolución General Nº 2.195 y su complementaria, Artículos 4° y 7°.

20. Resolución General Nº 2.217, sus modificatorias y complementarias, Artículo 32.

21. Resolución General Nº 2.233, sus modificatorias y complementarias, Artículo 2°.

22. Resolución General Nº 2.250 y su modificación, Artículos 5° y 7°.

23. Resolución General Nº 2.746, sus modificatorias y sus complementarias, Artículos 14, 17, 29 y 40.

24. Resolución General Nº 2.774, Artículo 10.

25. Resolución General Nº 2.825, Artículo 6°.

26. Resolución General Nº 2.888 y su complementaria, Artículo 5°.

27. Resolución General Nº 3.018, Artículo 9°.

28. Resolución General Nº 3.077 y sus complementarias, Artículo 6°.

29. Resolución General Nº 3.293 y su complementaria, Artículo 6°.

30. Resolución General Nº 3.362, Artículos 4° y 7°.


Textos Relacionados:

  • Resolución General Nº 3475/2013 AFIP Artículo 1º (zonas afectadas por el temporal acaecido los días 1, 2 y 3 de abril de 2013 en la Plazo especial para CABA, Ciudad de La Plata y diversas localidades del conurbano bonaerense.)

Artículo 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Anexo I. - Texto vigente según Resolución General Nº 3452/2013 AFIP

Visualizar Anexo



FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray

AFIP
  • Administración Federal de Ingresos Públicos
  • | Biblioteca Electrónica |