DGI

Resolución General N° 3428/1991

ASUNTO

IMPUESTO SOBRE LOS INTERESES Y AJUSTES EN DEPÓSITOS A PLAZO FIJO. IMPUESTO SOBRE LOS DÉBITOS EN CUENTA CORRIENTE Y OTRAS OPERATORIAS. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIAS SOBRE LOS INTERESES Y AJUSTES DE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO. Resolución General N° 3.421, artículo 3°. Su modificación.

Fecha de emisión: 12/11/1991

B.O.: 13/11/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 3.421, y

CONSIDERANDO

Que mediante la precitada norma se fijaron los plazos y formas para cumplimentar el ingreso de las retenciones y/o percepciones establecidas por las Resoluciones Generales Nros. 2.962 y sus modificaciones, 3.112 y sus modificaciones y 3.321 y sus modificaciones adecuando los mismos al nuevo régimen de información instaurado por la Resolución General N° 3.399, con el objeto de viabilizar la correcta aplicación del tratado régimen.

Que habiéndose detectado en el artículo 352 de la resolución general mencionada en el Visto, un error en la cita de una de las normas derogadas, se considera necesario efectuar la correspondiente modificación.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y 28 de la Ley N° 23.760 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modificase la Resolución General N° 3.421 en la forma que se indica a continuación:

- Sustituyese en su artículo 3° la expresión "2° de la Resolución General N° 2.962 y sus modificaciones", por la expresión "2° de la Resolución General N° 3.112 y sus modificaciones".


Modifica a:


ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
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