DGI

Resolución General N° 3370/1991

ASUNTO

PROCEDIMIENTO - Sistema informativo de transacciones económicas relevantes - Resolución General N° 3211 y sus modificaciones - Artículos 15 y 18.

Fecha de emisión: 11/06/1991

B.O.: 17/06/1991

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución General N° 3.211 y sus modificaciones se estableció la obligación de informar determinadas operaciones, por parte de los agentes de bolsa y mercado abierto, fijando a través de su artículo 18 la fecha de vencimiento para la presentación de los datos respectivos.

Que recientemente dichos agentes fueron provistos de los diseños de registro que deberán utilizar para el aporte de la información mediante soportes magnéticos, en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 2.733 y sus modificaciones.

Que atendiendo al escaso lapso con que cuentan los obligados para desarrollar los sistemas que permitan la entrega de la información en los aludidos soportes, resulta necesaria una ampliación del plazo fijado para su presentación.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCI@N GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrogase hasta el día 12 de julio de 1991 la fecha de vencimiento para la presentación en soporte magnético de la información solicitada mediante la Resolución General N° 3.211 y sus modificaciones, correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 1990, ambas fechas inclusive.


Modifica a:


Art. 2° - Los montos a consignar en el formulario de declaración jurada N° 334/A deberán expresarse en la moneda extranjera que corresponda a las operaciones incluidas en dicha presentación.


Art. 3° - A los efectos establecidos en el último párrafo del articulo 15 de la Resolución General N° 3.211 y sus modificaciones, el importe que debe considerarse para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 1990, ambas fechas inclusive, será de setenta y cinco mil dólares estadounidenses (U$S 75.000.-).


Art. 4° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

AFIP
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