ARTICULO 8° - La nota de liquidación prevista en el artículo anterior, deberá contener los datos que para cada caso se especifican a continuación:
1. Correspondientes al responsable del ingreso del impuesto:
1 .1. Nombre y apellido o denominación.
1.2. Domicilio constituido.
1.3. Número de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
1.4. Carácter que inviste (condómino, heredero, custodio, administrador, representante, etc.).
1.5. De tratarse de sucesiones indivisas no iniciadas:
1.5.1. Apellido y nombre, documento de identidad y último domicilio del causante.
1.5.2. Apellido y nombre, documento de identidad y domicilio de la persona que tuviera la administración de los bienes relictos y/o los mismos datos del cónyuge supérstite y herederos.
1.6. De tratarse de sucesiones indivisas iniciadas:
1.6.1. A los datos requeridos en 1.5. se agregará, carátula del juicio, Juzgado, Secretaría y sede del Tribunal en que se halla radicado, como así también los datos de las personas que se hubieran presentado reclamando derechos hereditarios.
2. Indicación del período fiscal al que corresponde la liquidación del gravamen.
3. Apellido y nombre, documento de identidad y domicilio de las personas físicas o, de corresponder, denominación y domicilio de las entidades, radicadas en el exterior, que resulten titulares de bienes gravados.
4. Determinación del activo imponible, coeficientes de actualización y liquidación del impuesto.
5. Forma, fecha y lugar de pago del impuesto.