CONSIDERANDO
Que el Decreto N° 100 del 12 de enero de 2012 incorporó al ordenamiento jurídico nacional los ajustes en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y su correspondiente Arancel Externo Común (AEC) decididos en la órbita del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), con motivo de la V Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Que la Resolución General N° 1801 reglamentó la registración obligatoria de las declaraciones de rancho de combustibles a través del Sistema Informático MARIA (SIM) y dispuso el listado de posiciones arancelarias alcanzadas por dicha exigencia.
Que atento a la referida modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) corresponde actualizar el listado de posiciones arancelarias incluidas en la mencionada resolución general.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,