AFIP

Resolución General N° 3224/2011

ASUNTO

SEGURIDAD SOCIAL - Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias. Nuevo Programa Aplicativo. Norma modificatoria y complementaria.

Fecha de emisión: 25/11/2011

B.O.: 30/11/2011

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Actuación SIGEA Nº 15236-243-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, estableció el procedimiento que deben observar los empleadores para determinar nominativamente e ingresar, los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.

Que la Resolución Nº 144/10 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) determinó que las empresas, que a la fecha de su dictado, se encontraren comprendidas en el Sistema de Fondo Compensador para el pago de asignaciones familiares, quedan incorporadas de pleno derecho al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), no pudiendo efectuarse compensaciones a partir del período devengado julio de 2010, con excepción de las asignaciones correspondientes a beneficiarias en uso de licencia por maternidad y/o maternidad "down", por los períodos en que se extiendan o completen dichas licencias.

Que conforme lo informado por la Gerencia de Prestaciones Activas de la referida Administración Nacional, ha finalizado la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares derivadas de las citadas licencias.

Que, por otra parte, a efectos de poder identificar adecuadamente a los trabajadores comprendidos en los convenios de corresponsabilidad gremial vigentes, celebrados en el marco de la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1370/08, resulta necesario actualizar el listado de productores que suscribieron dichos convenios, incorporando las novedades en el aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS".

Que a fin de nominar a los trabajadores comprendidos en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que se encuentran prestando servicios en dependencias de la Provincias que han transferido sus sistemas previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), corresponde asignar nuevos códigos de actividad en el mencionado aplicativo.

Que asimismo, se estima necesario introducir controles para validar los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, actualmente vigentes.

Que consecuentemente, procede aprobar y poner a disposición de los empleadores la Versión 35 del programa aplicativo denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS" y sustituir la Tabla "Códigos de Actividad" prevista en la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, que contempla lo señalado en los considerandos precedentes.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º - La determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social -conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias-, deberá efectuarse mediante la utilización de la Versión 35 del programa aplicativo denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", cuyas novedades se receptarán automáticamente en el sistema "Su Declaración". Las características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el Anexo I de la presente. El mencionado sistema estará disponible en el sitio "web" de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).


Art. 2º - Sustitúyese en el Anexo IV de la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, la Tabla T03 "Códigos de Actividad", por la que se consigna con igual denominación en el Anexo II de la presente.


Modifica a:


Art. 3º - Apruébanse la Versión 35 del programa aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS" y los Anexos I y II que forman parte de la presente.


Art. 4º -Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive y serán de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F. 931) correspondientes alos períodos que, para cada caso, se indican a continuación:

a) Instituciones Universitarias Nacionales comprendidas en el Artículo 1° a partir del período devengado diciembre de 2010.

b) Demás empleadores: a partir del período devengado febrero de 2011.

No obstante, los sujetos aludidos en el inciso b) precedente podrán optar por utilizar el Release 2 de la Versión 34 del programa aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS" para la confección de las declaraciones juradas (F. 931) de los períodos devengados diciembre de 2010 y enero de 2011.


Art. 5º - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Anexo I

 

PROGRAMA APLICATIVO “SICOSS” - VERSION 35
CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO

1. REQUERIMIENTOS DE “HARDWARE” Y “SOFTWARE”

1.1. PC con Procesador de 500 Mhz o superior.

1.2. Memoria RAM mínima: 128 Mb.

1.3. Memoria RAM recomendable: 256 Mb o superior.

1.4. Disco rígido con un mínimo de 10 Mb. (disponibles para la instalación).

1.5. “Windows 98” o NT o superior.

1.6. Instalación previa del “S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 Release 2 o superior”.

2. NUEVAS FUNCIONALIDADES

2.1. Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares correspondientes a “licencia por maternidad” o “maternidad down”.

2.2. Habilita a los nuevos productores que suscribieron Convenios de Corresponsabilidad Gremial, a efectos de que puedan declarar a los trabajadores comprendidos en los mismos.

2.3. Asigna los códigos de actividad 109 y 110 para identificar a los trabajadores comprendidos en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que se encuentran prestando servicios en dependencias de las Provincias que hayan transferido sus sistemas previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Dichos trabajadores están alcanzados por un aporte personal adicional, cuya alícuota se consignará en el campo “Aporte Adicional%”, existente a nivel de nómima.

2.4. Efectúa validaciones sobre los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.

2.5. Incorpora nuevos códigos en la tabla correspondiente a obras sociales.




FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray

AFIP
  • Administración Federal de Ingresos Públicos
  • | Biblioteca Electrónica |