DGI

Resolución General N° 3219/1990

ASUNTO

Procedimiento. Artículo 28, 3er. párrafo de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones. Actualización del saldo de declaración jurada. Resolución General N° 3.215, articulo 1º, inciso b). Rectificación parcial.

Fecha de emisión: 16/08/1990

B.O.: 22/08/1990

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el inciso b) del artículo 1º de la Resolución General Nº 3215, de fecha 8 de agosto de 1990; y

CONSIDERANDO

Que en la redacción de su texto se ha deslizado un error en el porcentaje indicado.

Que, en consecuencia, corresponde que por medio de la presente se dé fe de esa errata y se produzca la rectificación correspondiente.

Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por Dirección Legislación, y en uso de las facultades que acuerdan los artículos 7° y 31 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Articulo 1° - En el inciso b) del articulo 1º de la Resolución General Nº 3.215, donde dice: "...noventa por ciento (90 %).", debe leerse: "...noventa y cinco por ciento (95 %).".


Modifica a:


Art. 2º.- Regístrese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Ricardo Cossio

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
  • | Biblioteca Electrónica |