CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General Nº 3034 se establecieron los regímenes de información de operaciones de compras, importaciones definitivas, locaciones o prestaciones recibidas.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 2º de la citada norma, procede comunicar las incorporaciones, así como las exclusiones, de los agentes de información.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,