CONSIDERANDO
Que en la redacción de su texto se ha deslizado un error que cambia esencialmente el sentido de la norma;
Que, en consecuencia, corresponde que por medio de la presente se dé fe de esa errata y se produzca la rectificación correspondiente.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la por Dirección Legislación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 7º y 31 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,