Artículo 1° — Modifícase la Resolución Nº 2382 (ANA) del 11 de diciembre de 1991, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyese el Anexo I "N" "Indice Temático", por el Anexo I "O", que se aprueba y forma parte de la presente.
b) Sustitúyese en el Anexo II "K" "Transporte internacional por carretera", el punto 14, por el siguiente:
"14.- PRECINTOS
Las Aduanas de Partida colocarán los precintos aduaneros establecidos en el Anexo VIII/II de la presente resolución.
Al arribo de la unidad de transporte, las Aduanas de Entrada reconocerán los precintos usados por las autoridades aduaneras de los países signatarios del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), cuyos modelos integran el Anexo VIII "E" de la presente, no siendo necesaria la aplicación de nuevos precintos, excepto que aquellos utilizados no correspondan a los modelos consignados en el citado anexo o, que la forma en que hayan sido colocados o el estado que presenten no ofrezcan debida seguridad.".
c) Sustitúyese el Anexo VIII/I "Precintos MS-A y ANA para las unidades de transporte con destino a los países de la región", por el Anexo VIII/II "Precintos argentinos para las unidades de transporte con destino a los países signatarios del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT)", que se aprueba y forma parte de la presente.
Modifica a: