CONSIDERANDO
Que a esta Administración Federal, a través de la Dirección General de Aduanas, como organismo de control sobre la introducción y extracción y circulación de mercaderías y personas, en cuanto tengan relación con el tráfico internacional, le corresponde la obtención de información —en tiempo oportuno— sobre el movimiento de dinero e instrumentos monetarios que ingresen o egresen del territorio argentino.
Que este Organismo participó de la "Agenda Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo", aprobada por Decreto Nº 1225 del 11 de septiembre de 2007.
Que la Resolución General Nº 1176 había implementado, para los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes, el procedimiento relativo a la aplicación y control de lo establecido por el Artículo 7º del Decreto Nº 1570 del 1 de diciembre de 2001, según texto modificado por el Artículo 3º de su similar Nº 1606 del 5 de diciembre de 2001, con relación al egreso del territorio argentino de dinero en efectivo y cheques de viajero en moneda extranjera y, en su caso, de metales preciosos amonedados.
Que dicha resolución general fue sustituida por su similar Nº 2705 a fin de su ordenamiento, armonización y para disponer las pautas de aplicación del Sistema Ingreso y Egreso de Valores, desarrollado por esta Administración Federal.
Que a efectos de incrementar la eficiencia en los procedimientos de control vinculados con el Objetivo Nº 20, Meta Nº 2 de dicha "Agenda Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo", corresponde adecuar la citada Resolución General Nº 2705.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,