CONSIDERANDO
Que a los fines de propender a un adecuado cumplimiento de las obligaciones a cargo de determinados contribuyentes y responsables y atendiendo, asimismo, a razones operativas que hacen a una eficiente administración tributaria, se considera necesario disponer la utilización del formulario de declaración jurada N° 500 y de nuevos formularios de boletas de depósito, por parte de los sujetos antes aludidos.
Por ello, de acuerdo a con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Planes, Sistemas y Procedimientos de Cobranzas y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,