CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 2.753 y sus modificaciones se estableció el régimen de presentación de declaraciones juradas e ingreso de la contribución especial creada por la Ley N° 23.427, modificada por la Ley N° 23.658.
Que atendiendo a razones de política fiscal, se hace necesario disponer una nueva fecha de vencimiento general para que las entidades cooperativas comprendidas en el articulo 6° de la precitada ley, cumplimenten las aludidas obligaciones.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 7° de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y el artículo 18 de la Ley Nº 23.427, modificada por la Ley N° 23.658,