CONSIDERANDO
Que conforme a las disposiciones del Código Aduanero, esta Administración Federal está facultada para determinar las formalidades relativas a la confección, presentación y trámite de la documentación que debe presentarse al arribo del medio de transporte.
Que la Resolución Nº 630 (ANA) del 15 de marzo de 1994, sus modificatorias y complementarias, aprobó las normas relativas al Módulo Manifiesto en el Sistema Informático MARIA (SIM) para la vía acuática.
Que la disponibilidad de información electrónica resulta trascendente a fin de cumplir con las funciones de este Organismo, por lo que los registros del Módulo Manifiesto adquieren un valor estratégico.
Que, en consecuencia, cabe avanzar con la política de implementación de servicios "web", que vinculen directamente los sistemas informáticos de los operadores de comercio exterior con el Sistema Informático MARIA (SIM).
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,