CONSIDERANDO
Que en dicha actuación se sometió a determinada mercadería al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), regulado mediante la Resolución General N° 1618.
Que como consecuencia de ello, y con la intervención de las áreas técnicas competentes, se emitió el Criterio de Clasificación N° 55/08, el cual fue oficializado mediante la Resolución General N° 2473.
Que se ha realizado un nuevo análisis técnico respecto de la mercadería de que se trata y se concluyó que corresponde modificar el citado criterio de clasificación.
Que atento a ello, se emitió el Criterio de Clasificación N° 130/10.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,