DGI

Resolución General N° 2953/1989

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Pago de tributos, intereses, multas y actualizaciones. Requisitos, forma y condiciones.

Fecha de emisión: 19/01/1989

B.O.: 25/01/1989

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que a los fines de propender a un mejor y eficiente ordenamiento operativo del sistema de recaudación, así como también posibilitar adecuadamente el pago y, en su caso, la información de tributos a cargo de este Organismo, se ha estimado conveniente ampliar los lugares en los cuales los contribuyentes y responsables podrán cumplir con las aludidas obligaciones.

Que los procedimientos de control implementados por esta Dirección General permiten asegurar, una eficaz verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales que deben efectuar los contribuyentes y responsables de las precitadas obligaciones.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Planes, Sistemas y Procedimientos de Cobranzas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Los contribuyentes comprendidos en el artículo 1° de la Resolución General N° 2.634, podrán efectivizar el pago de las obligaciones fiscales y la constitución del ahorro obligatorio dispuesto por las Leyes Nos. 23.256 y 23.549, como asimismo el suministro de información que se efectúe a través de entidades bancarias -en virtud de disposiciones legales específicas- en cualquiera de las instituciones bancarias habilitadas a tales efectos por el Banco Central de la República Argentina.


Art. 2° - Derógase el inciso d) del artículo 3° de la Resolución General N° 2.684.


Modifica a:


Art. 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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