DGI

Resolución General N° 2874/1988

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NETO. IMPUESTO SOBRE LOS CAPITALES. Resolución General N° 2.840. PROCEDIMIENTO. Nominatividad de títulos valores: Re solución General N° 2.843. Sistema informativo de transacciones económicas relevantes: Resolución General N° 2.846. Plazos especiales.

Fecha de emisión: 28/07/1988

B.O.: 03/08/1988

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO las Resoluciones Generales Nros. 2.840, 2.843 y 2.846, y

CONSIDERANDO

Que un significativo sector de contribuyentes y responsables, cómo así también de entidades representativas de la actividad económica y profesional vinculadas al quehacer impositivo, han requerido se contemple la posibilidad de flexibilizar los plazos oportunamente fijados a los fines de cumplimentar las obligaciones previstas por las precitadas normas.

Que, en virtud del permanente criterio de esta Dirección General de coadyuvar al normal cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, se entiende razonable atender las inquietudes expuestas por los aludidos sujetos.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Planes, Sistemas y Procedimientos de Cobranzas y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modificase el artículo 1° de la Resolución General N° 2.840 en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese en el apartado 1.2. del punto 1., la expresión: "29 de julio de 1988" por: "16 de agosto de 1988".

2. Sustitúyese en el punto 2., la expresión: "29 de julio de 1988" por: "16 de agosto de 1988".


Modifica a:


ART. 2°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución General N° 2.843 en la forma que a continuación se establece:

- Sustitúyese la expresión: "10 de agosto de 1988" por: "31 de agosto de 1988".


Modifica a:


ART. 3°.- Modificase el artículo 1° de la Resolución General N° 2.846 en la forma que se dispone a continuación:

- Sustitúyese la expresión: "10 de agosto de 1988" por: "31 de agosto de 1988".


Modifica a:


ART. 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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