CONSIDERANDO
Que la Resolución General Nº 2758 extendió la obligatoriedad de utilizar el régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, establecidos por la Resolución General Nº 2485, su modificatoria y sus complementarias, a los sujetos comprendidos en el Apartado 2 del Artículo 91 del Código Aduanero, que revistan el carácter de inscriptos en el impuesto al valor agregado y se encuentren inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros", previstos en el Título II de la Resolución General Nº 2570, sus modificatorias y su complementaria.
Que teniendo en cuenta la presentación efectuada por una entidad representativa de un sector de la industria nacional y la evaluación realizada por este Organismo, corresponde extender el plazo a partir del cual será obligatorio utilizar la factura electrónica para respaldar las operaciones comprendidas en el subrégimen denominado "REMO - Guía de Removido - EXPCON", con destino a las áreas definidas por la Ley Nº 19.640 y sus modificaciones.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 33 y 36 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el Artículo 48 del Decreto Nº 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,