AFIP

Resolución General N° 2838/2010

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Ley N° 25.506. Firma Digital. Resolu-ción General N° 2.674. Inscripción en el registro de empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos homologados.

Fecha de emisión: 18/05/2010

B.O.: 28/05/2010

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 1-256712-2009 y 1-251102-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 25.506 reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la firma digital, estableciendo las características de su infraestructura en la República Argentina.

Que la Resolución N° 88 del 17 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la licencia para operar como Certificador Licenciado.

Que mediante la Resolución General N° 2.651, se dispuso el procedimiento relacionado con la emisión y administración de los certificados digitales previéndose que, a los fines de la obtención de los denominados "Clase 4", se deberán utilizar dispositivos criptográficos que cuenten con determinadas características.

Que en tal sentido, la Resolución General N° 2.674 creó el "REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS" y estableció los requisitos técnicos y formales que las mismas deberán cumplir para su incorporación, así como para la homologación de los diferentes dispositivos que podrán utilizarse.

Que los dispositivos criptográficos a homologar han cumplido con los aspectos exigidos, por lo que corresponde inscribir a las empresas proveedoras en el citado "Registro", debiendo las mismas -durante el lapso de validez de la homologación- observar las demás obligaciones previstas por la normativa aplicable.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpóranse en el "REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS" creado por la Resolución General N° 2.674, a las empresas COMPLUS S.A. - C.U.I.T. N° 33-67724820-9 y SOLUCIONES WORKOUT S.A. - CUIT N° 30-70750051-0.

 


ARTÍCULO 2°.- De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución General N° 2.674, se homologan los dispositivos criptográficos cuyos datos identificatorios y empresas proveedoras se detallan a continuación:

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ARTÍCULO 3°.- La autorización a las empresas proveedoras para comercializar los dispositivos homologados que se indican en el Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10) años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las obligaciones previstas en la normativa vigente.

 


ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 




FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray

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