CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General Nº 2743 se estableció un régimen de información a cumplimentar por las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito, respecto de los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al sistema de tarjeta de crédito definido en la Ley Nº 25.065, las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de las tarjetas comprendidas en dicho sistema, y los usuarios de las mismas.
Que atento a las inquietudes planteadas por los agentes de información y el objetivo permanente de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones, se estima conveniente modificar la fecha de vencimiento establecida para la presentación de la información a que se refiere el Artículo 2º de la mencionada resolución general.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,