DGI

Resolución General N° 2771/1987

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Régimen especial de facilidades de pago. Resolución General N° 2757. Requisitos y formalidades. Su cumplimiento. Nuevo plazo.

Fecha de emisión: 01/12/1987

B.O.: 18/12/1987

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución General N° 2.757 fue establecido, con carácter de excepción, un régimen especial de facilidades de pago con relación a determinadas obligaciones existentes a cargo de contribuyentes y responsables, afectados por significativos problemas de naturaleza económico-financiera.

Que esta Dirección General ha tomado conocimiento de la existencia de contribuyentes y responsables que no han podido dar cumplimiento, en tiempo y forma, a las obligaciones establecidas con relación a la presentación de solicitudes de pago correspondientes al precitado régimen.

Que, en orden a lo expresado y atendiendo a la finalidad específica del tratado régimen, se considera oportuno disponer un nuevo plazo para posibilitar a los aludidos contribuyentes y responsables la presentación de las mencionadas solicitudes de pago.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 7° y 39 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones

DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Las obligaciones establecidas por el artículo 7° de la Resolución General N° 2.757, se considerarán cumplimentadas en término, siempre que las presentaciones e ingreso previstas en el mismo, se efectúen en el lapso comprendido entre el día 1 y 4 de diciembre de 1987, ambas fechas inclusive.


Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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