CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 1.749 (DGI) estableció los requisitos, formas y condiciones que deben cumplir los contribuyentes y/o responsables para satisfacer sus obligaciones fiscales, mediante la entrega de valores autorizados para tal fin.
Que dicha norma prevé que en determinadas situaciones los contribuyentes deberán constituir garantías a favor de este Organismo.
Que a través de la Resolución General N° 2.435 y su modificatoria, se dispuso el régimen general aplicable para la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal.
Que en consecuencia, se estima procedente adecuar la Resolución General N° 1.749 (DGI), disponiendo que la constitución de garantías deberá efectuarse de acuerdo con el procedimiento previsto en la norma referida en el considerando anterior.
Que asimismo, razones de oportunidad aconsejan realizar su actualización, lo cual amerita su sustitución.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,