CONSIDERANDO
Que mediante Resolución General N° 2.722 han sido fijados nuevos plazos para que los contribuyentes y responsables procedan a exteriorizar su acogimiento a los regímenes de normalización previstos por los Capítulos I y II, del Título I, de la Ley N° 23.495.
Que, en consecuencia, razones de buen orden administrativo hacen aconsejable disponer nuevas fechas de vencimiento para dar cumplimiento a los requisitos y condiciones oportunamente establecidas, a los fines del empadronamiento general a que alude el artículo 55 de la Ley N° 23.495.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Asuntos Técnicos y Jurídicos y Recaudación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y 55 de la Ley N° 23.495,