CONSIDERANDO
Que a los fines de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la transparencia comercial en el ámbito de la elaboración y venta de harinas y otros subproductos derivados del trigo, se emitió el Decreto Nº 1405 del 4 de noviembre de 2001.
Que el Artículo 9º de la citada norma faculta a esta Administración Federal a implementar y reglamentar una "guía fiscal", por medio de la cual los usuarios del servicio de molienda de trigo o similares quedan obligados a efectuar el ingreso de un pago a cuenta del impuesto al valor agregado en función del volumen y/o peso industrializado.
Que la aludida "guía fiscal", así como el sistema informativo que posibilita el control y fiscalización del régimen de pago a cuenta, han sido reglamentados por la Resolución General Nº 1246 y sus modificaciones.
Que resulta procedente y oportuno habilitar el ingreso de dichos pagos a cuenta mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos, aprobado por la Resolución General Nº 1778, su modificatoria y sus complementarias.
Que esta Administración Federal tiene como objetivo facilitar la consulta y aplicación de las normas vigentes, a través del ordenamiento y actualización de las mismas, reuniéndolas en un solo cuerpo normativo, por lo que cabe sustituir la citada resolución general.
Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se considera conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, explicitados en el Anexo I.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Recaudación y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el Artículo 21 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el Artículo 9º del Decreto Nº 1405/01 y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,