CONSIDERANDO
Que el artículo 29 del Decreto Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 de necesidad y urgencia ratificado por la Ley Nº 24307 estableció como único requisito para tal inscripción, la Clave Unica de Identificación Tributaria, habiendo perdido vigencia el artículo 94 citado en el VISTO de esta Resolución.
Que en consecuencia corresponde establecer las condiciones para la integración del Formulario OM 1228-E de conformidad con el párrafo anterior.
Que ha tomado intervención correspondiente la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera emitiendo el Dictamen Nº 685/98.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,