CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 3.672 (DGI) y sus modificaciones se informó la nómina de las empresas promovidas, al amparo de las Leyes N° 20.560, N° 21.608, N° 21.635, N° 22.021, N° 22.702 y N° 22.973 y sus respectivas modificaciones, que optaron por el régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial previsto en el Título II del Decreto N° 2.054 del 10 de noviembre de 1992 y su modificatorio.
Que la presentación de la opción al régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial, que realizó la empresa TECMA SAN LUIS S.A., resultó improcedente por aplicación del Artículo 12 del Decreto N° 2.054/92, que excluye del régimen a los titulares de proyectos promovidos mencionados en el Artículo 9° de ese decreto, esto es en el caso, a quienes "... se hubiera denunciado o querellado penalmente por delitos que guarden conexión con el cumplimiento de obligaciones tributarias o promocionales de cualquier origen.".
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,