DGI

Resolución General N° 2628/1986

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Sistema informativo de transacciones económicas relevantes. Formularios de información complementaria Nros. 321 y 321/Continuación. Año calendario 1985. Plazo para su presentación.

Fecha de emisión: 08/07/1986

B.O.: 19/08/1986

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución General N° 2.623 esta Dirección General fijó un nuevo plazo para cumplir con la obligación dispuesta por la Resolución General N° 2.602, correspondiente al año calendario 1985.

Que en dicha oportunidad se evaluaron las inquietudes que fueran explicitadas por entidades representativas de la actividad económica, como así también por agrupaciones de profesionales en ciencias económicas.

Que, no obstante lo precedentemente expuesto, este Organismo ha tomado conocimiento de la existencia de determinadas dudas respecto de la información que debe ser suministrada de conformidad con lo estatuido por la Resolución General N° 2.602.

Que en atención a dicha circunstancia, se dispuso la preparación de instrucciones complementarias de los formularios de declaración jurada Nros. 321 y 321/continuación, a los fines de posibilitar la correcta cobertura de los mismos y consecuentemente el adecuado cumplimiento del régimen informativo dispuesto por la mencionada disposición normativa.

Que por lo tanto y en orden a facilitar la correcta preparación, en tiempo y forma, de la información que debe ser suministrada por los responsables obligados, se considera conveniente disponer una nueva ampliación del plazo oportunamente fijado.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 2.602 y su modificatoria, en la forma que a continuación se indica:

- Sustitúyese el inciso a) del artículo 4°, por el siguiente:

"a) Para el año calendario 1985: el día 29 de agoeto de 1986, inclusive."


Modifica a:


ART. 2°.— Regístrese, publíquese, dése a la Direcci6n Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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