CONSIDERANDO
Que la Resolución General Nº 2220 y su modificatoria dispuso los procedimientos aplicables para la actualización del Registro de Importadores y Exportadores, la acreditación del requisito de solvencia económica y la constitución y devolución de la garantía requerida a tales fines.
Que la Resolución General Nº 2435 y su modificatoria estableció el régimen general aplicable para la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal.
Que en atención a ello, se estima procedente efectuar adecuaciones a la norma mencionada en el primer considerando, disponiendo que a los efectos de la constitución y devolución de las garantías aludidas, deberá observarse el procedimiento previsto en la norma referida en el considerando precedente.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, Técnico Legal Aduanera y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 12 y 13 del Decreto Nº 1001/82 y sus modificaciones, por el Artículo 3º del Decreto Nº 1214/05 y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,