CONSIDERANDO
Que mediante Resolución General N° 2.542 ha sido implemento un régimen de compensaciones de obligaciones tributarias con sumas acreditadas a favor de contribuyentes y responsables.
Que una razonable evaluación del mencionado régimen hace aconsejable compatibilizar la utilización del mismo con las disposiciones legales que reglan la cancelación de las obligaciones relacionadas con los impuestos internos.
Que consecuentemente y en virtud del interés prioritario y permanente de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables la observancia de sus correspondientes obligaciones tributarias, se estima oportuno autorizar -dentro del ámbito de los impuestos internos- el instituto de la compensación de acuerdo con lo normado por la precitada Resolución General.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,